Reformas a la Ley del Banco de México: Autonomía y Estabilidad en Riesgo.

Reformas a la Ley del Banco de México: Autonomía y Estabilidad en Riesgo

Jose Ramon Gonzalez Chavez

El pasado miércoles 9 de diciembre, el senado, en su calidad de cámara de origen, aprobó una iniciativa para reformar el artículo 20 y 34 y adicionar los artículos 20 Bis y 20 Ter de la Ley del Banco de México, con la que, al contrario de lo esgrimido por los legisladores que la aprobaron en primera instancia, desde el punto de vista de especialistas en el tema, se pretende vulnerar su autonomía, dado que para empezar la institución no fue consultada previamente en cuanto al contenido y fines de tales modificaciones.

Para entender en palabras sencillas este asunto necesitamos hacer un poco de historia y contextualizar:

– La evolución del Banco de México hacia su autonomía ha sido resultado de un esfuerzo legal y técnico que se ha llevado más de 35 años logrado formalmente el 1° de abril del 1984, en el contexto de la apertura económica requerida por el proceso globalizador y la firma del TLC.

– A partir de entonces, los ejecutivos y legislativos federales (a pesar que estos últimos no siempre se han integrado con la mayoría del partido que los postuló) han respetado esta autonomía e incluso la han ido reforzando jurídica y administrativamente de manera gradual pero constante y permanente al grado de que Banxico es considerado desde hace tiempo en uno de los bancos centrales más sólidos y reconocidos del mundo.

– La actividad de Banxico ha tenido importantes resultados: en primer lugar, ha logrado disminuir sensiblemente la inflación y mantener el poder adquisitivo del peso. Recordemos que, en 1984, durante el gobierno de Miguel de Lamadrid, cuando inició este proceso de autonomía, esta era de casi 160% anual y a diciembre de 2019 fue de solo 2.8%. En segundo, ha conseguido estabilizar el tipo de cambio del peso respecto del dólar. El valor del peso mexicano “a valor presente” se ha mantenido sin cambios en términos reales desde ese ya mencionado 1984 (al respecto checar en internet “valor actual del peso en 1984”).

– Pero estos logros no se han dado por generación espontánea, se deben a la seriedad y capacidad técnica de quienes intervienen en su actividad cotidiana, insertar a personas sin ningún perfil ni experiencia en un ramo tan especializado, hacer reformas legales y administrativas sin sustento técnico, ni económico, ni jurídico, tendría consecuencias fatales para la institucional y para el país.

– La Actividad del Banco de México es transexenal. Su planeación y programación no dependen de los vaivenes del sexenio en turno. Por eso es que, entre otras cosas, ha logrado su estabilidad y fortaleza institucional. Sus reservas no son ahorros del gobierno, respaldan el dinero en circulación, por lo que usarlas para financiar el gasto público y la deuda atentaría contra ese respaldo. Además, las reservas internacionales forman parte de la balanza de pagos y usarlas para gastar conllevaría el riesgo de inflación y devaluación que ya sufrió México antes de 1984.

– La constitución establece en su art 73 f. VIII pfo. 1° que no se podrá otorgar crédito primario, lo que no es otra cosa que el Banco de México no podrá convertirse en el mecanismo de financiamiento del déficit del gobierno, en particular para comprar la deuda de Pemex y CFE.

– La Ley del Banco de México en su artículo 20 -que es el que se pretende modificar-dice a la letra:

Para efectos de esta Ley, el término divisas comprende: billetes y monedas metálicas extranjeros, depósitos bancarios, títulos de crédito y toda clase de documentos de crédito, sobre el exterior y denominados en moneda extranjera, así como, en general, los medios internacionales de pago.

Las divisas susceptibles de formar parte de la reserva son únicamente:

  1. Los billetes y monedas metálicas extranjeros;
  2. Los depósitos, títulos, valores y demás obligaciones pagaderos fuera del territorio nacional, considerados de primer orden en los mercados internacionales, denominados en moneda extranjera y a cargo de gobiernos de países distintos de México, de organismos financieros internacionales o de entidades del exterior, siempre que sean exigibles a plazo no mayor de seis meses o de amplia liquidez;
  3. Los créditos a cargo de bancos centrales, exigibles a plazo no mayor de seis meses, cuyo servicio esté al corriente, y
  4. Los derechos especiales de giro del Fondo Monetario Internacional.

La modificación al artículo 20 de la Ley del banco de México prevé que las divisas susceptibles de formar parte de las reservas internacionales del Banco de México sean:

“los billetes y monedas metálicas extranjeros”, y que se pueda además “adicionar todo el efectivo que no pueda ser repatriado a su país de origen”;

es decir, todo el efectivo que no esté contemplado en alguno de los parámetros establecidos por los contratos de corresponsalía entre Banco de México y los Bancos Centrales de otros países.

Con todo ello –dice la iniciativa-:

“se pretende generar un entorno más adecuado para la administración de los dólares en efectivo para que las familias mexicanas, los comercios, los fondos destinados a los programas sociales, de salud y de protección a las víctimas, entre otros, resulten beneficiados en el intercambio de divisas».

Además de:

… “favorecer la recepción de dólares en efectivo en comercios ubicados en zonas turísticas y la zona fronteriza, con el fin de generar empleos y ganancias para la población de dichas áreas”…

Por su parte, la reforma al artículo 34 pretende establecer que las divisas sean vendidas directamente al Banco de México; en otras palabras, obliga al Banco central a comprar a los bancos el efectivo extranjero, lo cual provocará afectaciones y riesgos pues esta captación de dólares en efectivo por el Banco de México no podría ser parte de las reservas internacionales al no poder ser de liquidación inmediata, como sí lo son las transferencias electrónicas, además de que no tendría manera de saber si es legal o no la procedencia de estas divisas.

Adicionalmente, la iniciativa contempla que las dependencias y entidades de la administración pública federal que no tengan carácter de intermediarios financieros, así como la Fiscalía General de la República (FGR), mantengan sus divisas y realicen operaciones con estas sujetándose a normas, orientaciones y políticas que el Banxico tendrá que establecer, lo cual también es innecesario, pues en la actualidad ya existen mecanismos legales y administrativos que permiten que esto pueda hacerse sin problemas.

Con esto, Banxico estaría obligado a absorber los dólares en efectivo que circulen provenientes del turismo, las remesas y el excedente de los bancos que repatrian a sus corresponsales en el exterior, así como otros que pudieran ser de procedencia ilícita.

Alejandro Díaz de León, titular ejecutivo del Banxico, ha señalado que esta reforma que se pretende imponer viola y vulnera la autonomía de la institución, puesto que captar divisas extranjeras de particulares y verificar su legalidad no está en sus atribuciones, actividad que ya realiza históricamente, con normalidad y sujeto a normativa vigente la banca de primer piso o comercial, más aun, sería motivo de sanción a la institución por parte de organismos internacionales pues un banco central no puede hacer eso con la posibilidad de congelamiento de cuentas y activos y de la propia reserva internacional.

Los migrantes desde hace décadas, nunca traen dólares en efectivo a México, sobre todo por los robos y extorsiones de que son objeto cuando regresan de visita al país. De hecho, de los cerca de 40mil millones de dólares que implican las remesas en 2019-2020, 99% de ellas llegan a sus familias por medio de transferencias electrónicas, o sea que el 1% (400 millones de USD) en poco o prácticamente nada beneficia a ese importante sector, ni tampoco abona a la captación de divisas del Banco de México, ni a la regulación del tipo de cambio, pero sí podría prestarse para que cualquier persona, incluso el crimen organizado, pueda lavar sus dólares con toda impunidad y más aun con autorización del gobierno.

Las reservas del Banco de México que se han ido fortaleciendo con el tiempo, son de la institución, no del ejecutivo federal; pretender por parte del ejecutivo hacer uso de ellas para cubrir su gasto corriente y sus “programas sociales” y seguir tirando al inodoro el patrimonio federal es un despropósito de alto riesgo para el país.

Pero el senador Ricardo Monreal presidente en turno de la Cámara Alta dice en defensa de la iniciativa que:

– “Los que podrían tener afectaciones con las modificaciones a la legislación del Banco de México son los grandes Bancos extranjeros que tienen corresponsalías en sus países de origen con lo que hacen un gran negocio al repatriar las divisas que obtiene en efectivo en México”.

– “La ley que falta a mi parecer es la que nos diga hasta dónde llega la autonomía del Banco de México y que la Banca central se comprometa al desarrollo económico del país; también que los funcionarios de esta institución no sean parte de la oposición al Gobierno de la Cuarta Transformación.

– La Banca central mexicana no ha apoyado con recursos para salir de la crisis sanitaria y económica provocada por la pandemia de Covid-19 y tal parece que parte de las funciones de los altos jefes del Banco, es criticar las acciones de la actual administración federal abonando al escepticismo de la población sobre todo de la gente de ingresos medios y altos sobre el presente y futuro económico de México.

La iniciativa, aprobada por el senado en un inédito tiempo récord de 40 minutos (!!!) desde que se le dio entrada al pleno para su discusión y aprobación, pasó a la Cámara de Diputados federal en su carácter de “Cámara revisora” para que ahí, con la opinión de la Asociación Mexicana de Bancos se analice, discuta y en su caso apruebe, aunque eso tendrá que suceder en el próximo periodo ordinario de sesiones que empieza el 1° de febrero y termina el 30 de abril del 2021 ya que el actual termina el próximo 15 de diciembre.

Ya sabemos cómo es la práctica oficiosa del “mayoriteo” en ambas Cámaras, sobre todo la de Diputados, así que de seguro será también aprobada en esa instancia, con el grave riesgo que va a implicar para Banxico, México y los mexicanos, esta decisión autocrática producto de la soberbia, la ignorancia y al autoritarismo.

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